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Testamentos

Permite determinar el destino de sus bienes para después de su muerte.

Documentos requeridos:

  1. Llenar formulario (proporcionado por la notaría).
  2. Identificación oficial
  3. Clave Única de Registro de Población.

Duración: De 2 a 3 días hábiles.

 

DATOS DEL TESTADOR

Estado Civil
Tipo de sociedad
(Doy mi conformidad para que sea enviado a mi correo cualquier información relacionada con mi operación).
Finado
Finado

DESCENDENCIA DEL TESTADOR

Nombre completo y Edad de los hijos del actual matrimonio:

Nombre completo otros hijos:


ALBACEA

Es la persona física o la sociedad que se encargará de administrar todos los bienes del testador desde su fallecimiento hasta el momento de entregarlos a los herederos y legatarios. Pueden nombrarse a varias personas para que actúen conjunta o sucesivamente como albacea(s) o a una sola, inclusive puede nombrarse a un Banco para que se encargue de ésta función, pudiendo ser el heredero el albacea.

TUTOR Y CURADOR.

EL TUTOR: Los menores de 18 años están al cuidado de sus padres y a falta de uno de ellos, quedan al cuidado del otro, a falta de ambos, el juez decide cuál de los dos abuelos cuidará del menor o incapaz, pero el testador puede disponer que persona distinta a las anteriores se haga cargo de los menores e incapaces, nombrando al tutor testamentario. El tutor es el sujeto encargado del cuidado de la persona de los menores hijos del testador(a) y de los incapaces, así como el encargado de proteger y administrar los bienes de los menores mientras llegan a la mayoría de edad o de los incapapces. Puede ser tutor un familiar o persona extraña, pero no puede ser el albacea o el curador.

EL CURADOR: Es la persona que vigila la buena administración del Tutor a favor del menor o incapaz, no debiendo existir ningún parentesco entre el Tutor y el Curador.


OTROS DATOS

¿El Testador sabe leer y escribir?

Si no sabe leer y escribir tiene que designar dos personas más, para que en su nombre una firme, y otra lea y de a conocer el contenido del testamento (no pueden ser parientes y herederos).

¿Es el primer testamento que usted otorga?

HEREDERO

Es el adquirente por causa de muerte a titulo universal, de todos los bienes (o de una parte de ellos) del testador, esto es, se le instituye como heredero sin necesidad de especificar los bienes a heredar. El heredero puede ser una persona física o una persona moral, o bien el Estado. Los herederos pueden ser instituidos por partes iguales o en la proporción que el testador deseé, así mismo puede instituir herederos sustitutos.

LEGATARIO

Es la persona que adquiere por causa de muerte, a título particular un bien o un derecho específico del testador, esto quiere decir que en el testamento es necesario determinar la cosa materia propia del legado. Puede instituirse legado consistente en el derecho real conocido como usufructo que consiste en legar a una persona el uso y disfrute así como los productos de algún bien y legar a otra persona la propiedad de ese mismo bien conocida en términos jurídicos como nuda propiedad, por lo que para enajenarlo será indispensable el consentimiento de ambas personas.


LEGADO DIGITAL

El testador también podrá disponer en legado de sus bienes o derechos digitales almacenados en algún equipo de cómputo, servidores, plataformas, dispositivos o redes, los cuales pueden consistir en: cuentas de correo, sitios, dominios y direcciones de internet, imágenes, fotografías, videos, textos, claves, contraseñas de cuentas bancarias o de valores y aplicaciones de empresas de tecnología financiera.

¿Dispondrá de sus bienes o derechos digitales por legado?

En caso de ser "Si" su respuesta. deberá designar un ejecutor especial, que estará facultado para que se le proporcione la información correspondiente a los accesos de los bienes o derechos digitales y proceda según sus indicaciones.

TESTIGOS.

Si lo desea el testador puede acompañarse de dos testigos instrumentales que no sean parientes de los herederos, que sean mayores de 16 años y sepan leer y escribir.

Testigo 1
Estado Civil
Tipo de sociedad
(Doy mi conformidad para que sea enviado a mi correo cualquier información relacionada con mi operación).
Testigo 2
Estado Civil
Tipo de sociedad
(Doy mi conformidad para que sea enviado a mi correo cualquier información relacionada con mi operación).

NOTA: EL TESTADOR Y LOS TESTIGOS EN SU CASO DEBERÁN IDENTIFICARSE CON UN DOCUMENTO OFICIAL VIGENTE QUE TENGA FOTOGRAFÍA EL DÍA QUE ASISTAN A LA FIRMA DEL TESTAMENTO.

Documentos a anexar:
  1. CURP
  2. Identificación oficial vigente.
  3. En caso de ser extranjero, anexar documento migratorio de legal estancia.
Examinar archivos
El tamaño máximo para cada archivo es 10.0 MB

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    La Notaría 96 de la Ciudad de México, a cargo del Licenciado Mauricio Martínez Rivera brinda sus servicios desde 1993;

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